Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1557/2011-R
Fecha: 11-Oct-2011
II.2.
II.2. Por Autos Interlocutorios 16/2009 y 17/2009, la Jueza Segunda de Partido Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario, declaró prescrita la acción coactiva fiscal interpuesta por AASANA contra el accionante y se levantó la medida precautoria de arraigo de las notas de cargo 142/93 y 66/93 (fs. 13 a 18).
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- la libertad de circulación o de locomoción
- circulación en todo el territorio boliviano, que incluye la salida e ingreso del país”.
- el objeto de tutela de la acción de libertad es el derecho a la libertad física, a la vida, y al debido proceso, cuando existe vinculación con el derecho a la libertad y excluir de su ámbito de protección al derecho de locomoción; sin embargo, dada la íntima relación que existe entre esos derechos, es posible tutelar también al último de los nombrados, en aquellos casos en los que el derecho de locomoción está vinculado directamente con la libertad física o personal, o con el derecho a la vida o la salud.
- III.2. Análisis del caso concreto
- derecho a la libertad de circulación o locomoción
- APROBAR