SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1565/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1565/2011-R

Fecha: 11-Oct-2011

del pago porcentual respecto a la

Ahora bien, los ahora accionantes, quienes prestaron servicios profesionales a “SERGAS S.A.M.,” conforme a los arts. 77, 78 y 80 de la LA, tienen el derecho de que se les reconozca por el trabajo realizado, máxime, si como se tiene comprendido, éste, el derecho al trabajo, se encuentra reconocido y por ende bajo la tutela de la Constitución Política del Estado, situación que en el presente caso ha sido reconocido por las autoridades demandadas, pues, de conformidad a lo normado, fijaron sus honorarios en la suma de Bs3.000.-, sin que el no reconocimiento del pago porcentual respecto a la cuantía litigada, se traduzca, conforme se explicó precedentemente, en lesión de los derechos alegados por los accionantes.