Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1565/2011-R
Fecha: 11-Oct-2011
III.3. Alcance y calificación de honorarios profesionales-pago porcentual
Dentro de las costas procesales, se encuentran los honorarios profesionales que comprenden los gastos en que se ha incurrido con oportunidad de la intervención en el proceso judicial, montos que deben ser cubiertos por el que pierde la contienda; es decir, por el que no tiene razón de litigar, como consecuencia de la indebida activación de la administración de justicia, generando un estado de inseguridad y vigilia en la contraparte, quien tendrá que defenderse en el proceso recurriendo al auxilio de un letrado con los consiguientes gastos que ello implica.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- “conceder la tutela constitucional solicitada”,
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Marco constitucional
- Marco jurisprudencial
- siempre que no hubiere otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías…
- III.2. Marco jurisprudencial aplicable al caso
- III.3. Alcance y calificación de honorarios profesionales-pago porcentual
- el 10% sobre la cuantía, partiendo de la interpretación del valor justicia proclamado por nuestra Constitución, debe ser cobrado cuando se haya logrado la recuperación efectiva de los daños y perjuicios,
- tal porcentaje debe ser cancelado sólo sobre el monto de lo recuperado
- III.4. Análisis del caso concreto
- sobre el monto efectivamente recuperado
- del pago porcentual respecto a la
- REVOCAR