Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1571/2011-R
Fecha: 11-Oct-2011
II.5.
II.5. De fs. 29 a 53, cursa el Reglamento Estudiantil de la UNIPOL; de fs. 54 a 93 el Estatuto Orgánico de la Universidad Policial “Mariscal Antonio José de Sucre”; de fs. 94 a 120, Cursa el Estatuto Orgánico del Sistema Educativo Policial (SEP); de fs. 122 a 127, cursa la Resolución Administrativa de la Dirección Nacional de Instrucción y Enseñanza de la Policía Nacional 046/2007 de 15 de octubre, que aprueba el reglamento de “Elaboración y defensa de monografías como modalidad de graduación”; de fs. 128 a 155 cursa el reglamento para la Elaboración y defensa de Monografías como modalidad de Graduación.
- amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- i)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- deniega
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.8.
- II.9.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- III.FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- y a la obtención de respuesta formal y pronta
- la formulación de una solicitud expresa en forma escrita
- La existencia de una petición oral o escrita
- “promotivo”
- III.2.1. Sobre el derecho de petición
- III.2.2. Sobre los demás derechos invocados
- al existir una solicitud pendiente de resolución, este Tribunal no puede pronunciarse sobre el particular; pues serán las autoridades recurridas las que respondan los reclamos realizados por los actores
- REVOCAR