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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1619/2011-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1619/2011-R

    Fecha: 11-Oct-2011

    II.7.

    II.7. Cursa en obrados algunas piezas procesales concernientes a la acción de amparo constitucional interpuesta el 21 de septiembre de 2009, por Regis Julio Aguilar, por si y en representación de sus poderdantes de ocupación comerciantes gremialistas contra Héctor Rubén Segovia San Martín, Mario Horacio Gil Sosa, Eduardo Tomás Adudinen Moreno y Marco Antonio Gómez Carrasco (fs. 286 a 551).

    • acción de amparo constitucional,
    • I.1.1. Hechos que la motivan
    • I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
    • a)
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • III.  FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • evitar un daño o perjuicio irremediable
    • acción de amparo constitucional como medio reparador ante dichas situaciones excepcionales de medidas de hecho
    • “1) El derecho a la propiedad debidamente demostrado y no cuestionado; y, 2) La evidencia, tampoco controvertida, de que los demandados no estaban en posesión del bien inmueble sino que con acciones violentas (de hecho) ocuparon la propiedad privada de los accionantes”
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • APROBAR

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