Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1619/2011-R
Fecha: 11-Oct-2011
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante por su representado alega que se ha vulnerado los derechos a la propiedad privada, a la posesión, al trabajo, a la “seguridad jurídica” y a la garantía al debido proceso, en vista a que un grupo de personas avasallaron el terreno de su propiedad con actos arbitrarios y violentos; intentando por todos los medios propiciar la venta de dichos terrenos; por tanto, interpuso la presente acción tutelar con el propósito de revertir la ilegalidad denunciada. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- evitar un daño o perjuicio irremediable
- acción de amparo constitucional como medio reparador ante dichas situaciones excepcionales de medidas de hecho
- “1) El derecho a la propiedad debidamente demostrado y no cuestionado; y, 2) La evidencia, tampoco controvertida, de que los demandados no estaban en posesión del bien inmueble sino que con acciones violentas (de hecho) ocuparon la propiedad privada de los accionantes”
- III.2. Análisis del caso concreto
- APROBAR