Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1641/2011-R
Fecha: 21-Oct-2011
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
El accionante, arguye como vulnerado los derechos de su representado a la “seguridad jurídica”, de acceso a la justicia o la tutela judicial efectiva y al debido proceso, citando al efecto los arts. 23.I, 115.II y 120.I de la Constitución Política del Estado (CPE); 8.1 de la Convención Americana sobre los Derechos Humanos de San José de Costa Rica (CADH).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- improcedencia
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 17
- por no haber dado cumplimiento al mandato establecido en el art. 262 del mismo Código,
- III.2.2.
- APROBAR