Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1641/2011-R
Fecha: 21-Oct-2011
II.4.
II.4. Por Auto de Vista 60 de 26 de mayo de 2009, la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, resuelve revocar la providencia apelada de “fs. 491 vta.” pronunciada por el Juez de la causa, y ordena la restitución de la medida precautoria de anotación preventiva sobre las matriculas solicitadas (fs. 730 y vta.).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- improcedencia
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 17
- por no haber dado cumplimiento al mandato establecido en el art. 262 del mismo Código,
- III.2.2.
- APROBAR