SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1651/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1651/2011-R

Fecha: 21-Oct-2011

1)

1)   Habiéndose realizado una pericia en etapa preparatoria, no es posible pretender repetir dicho acto probatorio en juicio, por lo que el Juez actuó correctamente al disponer la exclusión de ese medio probatorio, aspecto que no fue debidamente compulsado por los Ministros, quienes sin considerar que el Tribunal de Sentencia no puede fijar puntos de pericia, desestimó los fundamentos de esta autoridad judicial y determinó la concurrencia de defectos absolutos.

En audiencia, el apoderado de la tercera interesada, Rita Castrillo Bluske, a través de su abogado manifestó: 1) Fue la tercera vez que se formuló acción de amparo constitucional, alegando precisamente las mismas cuestiones fácticas y alegando la vulneración de los mismos derechos, por lo que existe una triple identidad correspondiendo denegarse la tutela; 2) Refiere también que como consecuencia de haberse emitido el Auto Supremo 434, la Sala Penal de la Corte Superior a su vez ha dejado sin efecto la Sentencia condenatoria contra su mandante, por lo que este mecanismo de defensa constitucional se está convirtiendo en una forma de dilatar los trámites y mantener privada de libertad a la tercera interesada; y, 3) No se vulneraron los derechos del representado de los accionantes, por lo que corresponde se deniegue la tutela solicitada.