SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1673/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1673/2011-R

Fecha: 21-Oct-2011

I.1.1. Hechos que la motivan

Inició proceso ejecutivo contra Pedro Fernando Céspedes Arzabe, cuyo estado es de ejecución de sentencia, la que no puede ejecutar debido a que el Juez Tercero de Instrucción en lo Civil, de oficio, ultra petita y sin ampararse en norma procesal civil alguna, mediante Auto de 13 de agosto de 2008, extinguió la obligación. Determinación que evidencia la existencia de vicios de nulidad, por no haberse seguido el procedimiento establecido en la ley para la extinción de la deuda en esta etapa la “falta de normatividad para la sustanciación del proceso”, conforme establece el art. 31 de la Constitución Política del Estado Abrogada (CPEabrg). En apelación, el Juez Primero de Partido en lo Civil y Comercial, mediante Auto de 24 de marzo de 2009, confirmó la Resolución, dejándolo en total estado de indefensión.