SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1673/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1673/2011-R

Fecha: 21-Oct-2011

III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional

Como medio de defensa de carácter jurisdiccional, esta acción tutelar tiene por finalidad la protección de derechos fundamentales y garantías constitucionales contra los actos u omisiones ilegales o indebidas de funcionarios públicos o personas particulares que amenacen o restrinjan dichos derechos y garantías.

Se rige por la aplicación de los principios de subsidiariedad e inmediatez; el primero, significa el agotamiento previo de los medios ordinarios judiciales y administrativos, idóneos para el restablecimiento inmediato de aquellos derechos vulnerados. El segundo, se caracteriza por contener una doble dimensión; una positiva, que consiste en que el amparo es la vía tutelar idónea para la protección inmediata de derechos fundamentales y garantías constitucionales restringidos o suprimidos indebida o ilegalmente. Y otra negativa, relativa a que la acción debe ser planteada en el término de seis meses, plazo razonable para una efectiva tutela constitucional del derecho o garantías conculcados, en consideración a que un pronunciamiento tardío carecería de eficacia jurídica; plazo computable a partir de la comisión del acto ilegal u omisión indebida del servidor público o del particular, o, de notificado con la última decisión judicial o administrativa.