Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1680/2011-R
Fecha: 21-Oct-2011
II.1.
II.1. A través de la RA 19/2009 de 26 de marzo, notificada en la misma fecha, el Responsable del Proceso de Contratación para la construcción del edificio municipal de Tacopaya, en mérito al informe de evaluación 013/2009 emitido por la Comisión de Evaluación del Gobierno Municipal, resolvió adjudicar la obra a la empresa AVM Construcciones, por la suma de Bs1 775 823,24 (un millón setecientos setenta y cinco mil ochocientos veintitrés 24/100 bolivianos), en el plazo de doscientos diez días calendario, encomendando la elaboración del contrato y su remisión al Concejo Municipal para su aprobación y autorización de la firma (fs. 8 a 14).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- i)
- concedió en parte
- I.3. Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Recursos de impugnación establecidos en los procesos de contratación de bienes, obras y servicios
- III.2. Sobre la anulación del proceso de contratación
- III.3. El debido proceso y el deber de motivación de las resoluciones
- III.4. Análisis del caso de autos
- APROBAR