SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1680/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1680/2011-R

Fecha: 21-Oct-2011

III.1. Recursos de impugnación establecidos en los procesos de contratación de bienes, obras y servicios

         Con el objeto de analizar la problemática planteada en el caso de autos, con carácter previo es necesario precisar el marco normativo que rige en los procesos de contratación de bienes, obras y servicios en lo que concierne a los recursos de impugnación que los proponentes afectados pueden presentar en dichos procesos. Al efecto, teniendo en cuenta que el proceso de contratación que motivó la presente acción de amparo constitucional, estuvo regulado por las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios aprobadas por DS 29190, cabe señalar que este Tribunal, sobre el tema, a través de la SC 2834/2010-R de 10 de diciembre, señaló que: "De conformidad a lo dispuesto por el art. 71 de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (NBSABS), aprobadas por DS 29190 de 11 de julio de 2007, en los procesos de contratación, el proponente que considere lesionados sus legítimos intereses y derechos, podrá interponer recurso administrativo de impugnación, únicamente contra las siguientes resoluciones administrativas: