Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1700/2011-R
Fecha: 21-Oct-2011
acción de amparo constitucional,
En revisión la Resolución pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional, interpuesta por Antonio Jofre Piluy contra Evelyn Salgueiro Velasco y Juan Pereira Olmos, Vocales de la Sala Penal y Administrativa de la Corte Superior; y, Hugo Michel Lescano, Juez Segundo de Instrucción en lo Penal, todos del Distrito Judicial de Pando.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- "improcedente"
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la acción de amparo constitucional y su carácter subsidiario
- la parte accionante debe haber agotado todos los medios y recursos legales idóneos para la tutela de sus derechos sea en la vía correspondiente
- III.2. De la incautación, decomiso y confiscación de bienes
- a)
- ´A su vez, el art. 260.I del CPP señala: 'El juez o tribunal, al momento de dictar sentencia resolverá el destino de los bienes incautados que no fueron objeto de devolución con motivo del incidente sustanciado ante el juez de la instrucción'.
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.3.1.
- APROBAR