SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1700/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1700/2011-R

Fecha: 21-Oct-2011

III.1. De la acción de amparo constitucional y su carácter subsidiario

El recurso de amparo constitucional y sus principios fundamentales, se han considerado como una institución, cuya función principal es el control de la constitucionalidad, en cuanto a que la Constitución Política del Estado es concebida como una norma básica o fundamental por medio de un órgano judicial con eficacia únicamente respecto al individuo que solicita la protección contra la aplicación de la ley o actos contrarios a la Ley Fundamental.

Esta herramienta jurídica que responde a las más urgentes necesidades legales del ciudadano, denominada acción de amparo constitucional, es un recurso extraordinario y subsidiario estipulado para proteger y en su caso restablecer los derechos consagrados en la Constitución Política del Estado, cuando éstos son amenazados, restringidos o suprimidos; y procede contra los actos ilegales y omisiones indebidas de los funcionarios públicos o particulares que atenten contra los derechos y libertades públicas establecidas por la Constitución y las leyes y que se encuentra determinado en los arts. 128 y 129 de la CPE.