SENTENCIA CONSTITUCIONAL1569/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL1569/2011-R

Fecha: 11-Oct-2011

la indefensión absoluta y manifiesta

En ese entendido, no corresponde otorgar la tutela, ya que en el caso de Autos no se presentan en forma concurrente los dos supuestos reconocidos por la jurisprudencia constitucional, esto es, la indefensión absoluta y manifiesta, y que dichos actos sean la causa directa de la privación, o restricción a la libertad física. Debido al simple hecho que parece inverosímil el hecho, de que el accionante, a pesar que tenía una sentencia condenatoria en su contra y que estaba la misma en apelación, no se haya apersonado por el lapso de nueve años para siquiera averiguar el estado de su causa, por lo que no se puede conceder la tutela mediante la acción de libertad, ya que para que la tutela proceda, en los casos en los que se reclame la nulidad de notificaciones, solamente puede prosperar cuando se demuestra que efectivamente existió un estado de absoluta indefensión manifiesta, es decir, que el accionante nunca se haya enterado de que existía un proceso penal en su contra, o que no haya tenido la oportunidad de ejercer amplia defensa en el proceso llevado en su contra, supuestos que no se acomodan al presente caso, por lo que no procede que se conceda la tutela solicitada.