Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1733/2011-R
Fecha: 07-Nov-2011
conceder
Por los fundamentos precedentes, la problemática expuesta por los accionantes no es susceptible de protección a través del amparo constitucional; por cuanto, el Tribunal de garantías, al conceder la tutela, no efectuó una adecuada compulsa de los antecedentes del caso, ni de los alcances de esta acción.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Situación del tercero interesado dentro de la acción de amparo constitucional
- III.2. Análisis de las circunstancias del caso concreto
- III.2.1.
- conceder
- 1º