Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1733/2011-R
Fecha: 07-Nov-2011
II.7.
II.7. A través de la Resolución 23/09 de 22 de octubre de 2009, el Consejo Universitario de la UMSS resolvió exhortar se levante la extrema medida de la huelga de hambre, protagonizada por docentes y estudiantes de la Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación, comprometiéndose a acatar las determinaciones de las acciones y recursos interpuestos por las partes en conflicto ante la jurisdicción constitucional, e instando al Consejo de la referida Facultad, proceda a las sucesión en los cargos acéfalos en orden de prelación, conforme a los arts. 136 y 140 del Estatuto Orgánico de esa Casa de Estudios.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Situación del tercero interesado dentro de la acción de amparo constitucional
- III.2. Análisis de las circunstancias del caso concreto
- III.2.1.
- conceder
- 1º