SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1765/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1765/2011-R

Fecha: 07-Nov-2011

2) La seguridad jurídica

2) La seguridad jurídica, la cual, a partir de la vigencia de la Constitución Política del Estado promulgada el 7 de febrero de 2009, no se encuentra consagrada como derecho fundamental, sino como un principio que sustenta la potestad de impartir justicia emanada del pueblo (art. 178 de la CPE); y por otro lado, como un principio articulador de la economía plural en el modelo económico boliviano (art. 306.III de la CPE), pero como tal, como principio general del ordenamiento jurídico, se constituye en un mandato dirigido a los poderes públicos que obliga la estricta observancia y cumplimiento de la norma jurídica, y sin constituirse en derecho fundamental a favor de los ciudadanos; garantiza en el colectivo una conciencia de respeto y previsibilidad del comportamiento de las autoridades en la aplicación de la ley.