SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1765/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1765/2011-R

Fecha: 07-Nov-2011

principio de

3)  Asimismo, esta garantía jurisdiccional, encuentra también fundamento en el llamado principio de supremacía constitucional, reconocido por el art. 410 de la CPE, aspecto ya reconocido por la SC. 0258/20011-R 6 de marzo 2011, por tanto, a partir de este postulado, se puede establecer que al ser la Ley Fundamental la norma en virtud de la cual, las demás disposiciones infraconstitucionales, encuentran validez tanto formal como material, inequívocamente su cumplimiento sustenta a su vez una verdadera y real vigencia del Estado Social de Derecho, pilar indiscutible del Estado Plurinacional de Bolivia.

Entonces, la garantía de cumplimiento, en definitiva responde a una “construcción colectiva del Estado”, ya que la inobservancia de preceptos constitucionales y las leyes, no sólo afecta la vigencia y validez del principio de supremacía constitucional y por ende del derecho a la igualdad para un individuo en particular, sino que su incumplimiento, puede generar efectos perniciosos y de inseguridad en la colectividad, los cuales pueden afectar sustancialmente las bases esenciales del Estado como colectividad sometida a la ley; por tanto, la garantía del cumplimiento de la ley, evidentemente responde a una “construcción colectiva del Estado” y además resguarda derechos fundamentales de una manera no aislada, siguiendo así las directrices axiológicas del nuevo orden constitucional.