Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1809/2011-R
Fecha: 07-Nov-2011
II.3.
II.3. El 6 de noviembre de 2008, el Fiscal de Materia Jimmy Pareja Bonifaz presentó memorial ante el Tribunal de Sentencia de Sica Sica, retirando la acusación presentada contra Francisco Laura Nina por falta de suficientes elementos de prueba (fs. 13 a 17), y el 8 del mismo mes, el Juez Técnico de dicho Tribunal aceptó el retiro de la acusación (fs. 18). Posteriormente, a través de la Resolución de 12 de noviembre de 2008, el Juez Técnico del Tribunal de Sentencia de Sica Sica dejó sin efecto el proveído de 8 del mismo mes y año, y dispuso la prosecución de los trámites pertinentes y la consideración del retiro de la acusación fiscal en audiencia de juicio oral (fs. 82 a 83).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.8.
- II.9.
- II.11.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- III.2. Consideraciones sobre el plazo de caducidad
- III.3. Análisis del caso concreto
- los reclamos deben ser interpuestos ante la instancia ordinaria o administrativa competente oportunamente
- concedido
- 1°
- 2°