Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1809/2011-R
Fecha: 07-Nov-2011
II.8.
II.8. A través de la Resolución 305/2008 de 23 de diciembre, la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, en grado de apelación, declaró improcedentes los fundamentos del recurso de apelación incidental interpuesto por Francisco Laura Nina, confirmando el Auto de 12 de noviembre de 2008 (fs. 84 a 85).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.8.
- II.9.
- II.11.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- III.2. Consideraciones sobre el plazo de caducidad
- III.3. Análisis del caso concreto
- los reclamos deben ser interpuestos ante la instancia ordinaria o administrativa competente oportunamente
- concedido
- 1°
- 2°