SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1844/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1844/2011-R

Fecha: 07-Nov-2011

1)

El abogado y accionante, ratificó el contenido íntegro de la acción de libertad y lo amplió, indicando: 1) El 21 de octubre de 2010, presentó un memorial con la intención de proveer los recaudos necesarios para la remisión del cuaderno de apelación; se le informó que el expediente aún no había retornado al Juzgado y posteriormente se decretó “téngase presente y notifique funcionario” (sic), sin mayor fundamentación; 2) Planteó recusa el 26 de igual mes y año y el 1 de noviembre de ese año, el expediente se envió al Juzgado Segundo de Instrucción en lo Penal; sin remitir la apelación y el cuaderno de investigación; 3) Las SSCC 1563/2005-R y 1651/2004, establecen que ante la falta de fundamentación de la Resolución de la Jueza demandada, es procedente el “habeas corpus”; 4) Desde el día de la audiencia de acción de libertad, transcurrieron ciento treinta días sin que se hubieran remitido los actuados a la Corte Superior de Distrito o se hubiera justificado por sobrecarga procesal o que sea humanamente imposible, conforme refirió la SC 0930/2010-R de 17 de agosto; 5) Las SSCC 0008/2010-R y 542/2010-R de 12 de julio, establecen que no es posible accionar dos vías paralelamente, por lo que desiste del recurso de apelación incidental de la Resolución que le negó la cesación de la detención preventiva a su defendido y por la dilación en los plazos, tornando el recurso en inidóneo e ineficaz; 6) Su representado se encuentra ilegalmente detenido, por lo que corresponde determinar la cesación a su detención preventiva; y, 7) Reiteró su petitorio y solicitó se imponga la detención domiciliaria de su defendido para que pueda estar al llamado del Ministerio Público.