SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1844/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1844/2011-R

Fecha: 07-Nov-2011

II.2.

II.2.  Por memorial de 21 de octubre de 2010, Jaime Mamani Portillo, hizo conocer a la Jueza Tercera de Instrucción en lo Penal, en suplencia de la Jueza Quinta, que se apersonó al Juzgado a objeto de proveer los recaudos necesarios para la remisión de su recurso de apelación; empero, el Secretario informó que el expediente aún no fue devuelto por la Sala que conoció la acción de libertad. En decreto de 26 de ese mes y año, la Jueza demandada dispuso “Téngase presente. Notifique funcionario” (sic) (fs. 6 y vta.). En memorial de 27 de diciembre de ese año, el representado del accionante, solicitó a la Jueza Tercera de Instrucción en lo Penal, la radicatoria de la causa, la remisión de obrados al Tribunal de apelación y la extensión de fotocopias legalizadas; pedido que reiteró el 31 de ese mes y año (fs. 7 a 8).