SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1908/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1908/2011-R

Fecha: 07-Nov-2011

I.1.1. Hechos que la motivan

El 10 de noviembre de ese año, un policía de tránsito lo detuvo en la ciudad de Trinidad en plena vía pública, manifestándole que la moto que conducía era robada, en virtud a lo cual, su persona trasladó al referido funcionario a su casa para exhibirle los papeles de la empresa importadora, dado que el motorizado fue adquirido por su madre, a crédito, momento en el que se le indicó que debía apersonarse a Tránsito y cuando lo hizo, en dicha instancia le señalaron que no había problema alguno, es así que cuando se aprestaba a retirarse, varios efectivos policiales lo rodearon pretendiendo hacerle firmar unos papeles, sin que tenga idea de lo que se trataba; y cuando se negó a hacerlo, lo subieron a una ambulancia con la manos esposadas y lo trasladaron, escoltado por dos efectivos policiales, hasta la ciudad de Santa Cruz.

Una vez en Santa Cruz, se relevaron los escoltas y lo cambiaron de movilidad, en la que acompañado de cuatro efectivos policiales lo condujeron a Cochabamba, donde recién le permitieron comunicarse telefónicamente con su madre, veinticuatro horas después de estar detenido y enmanillado, hechos que pusieron en riesgo su salud y vida al haber sido operado dos veces de su columna.

De Cochabamba se lo trasladó a La Paz, lugar al que llegó el 11 de noviembre de 2010, a horas 22:30, pasando la noche en dependencias de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC), siendo que el único documento que se le exhibió era el de la detención, pero hasta el día de la interposición de la presente acción tutelar no tenía conocimiento del motivo de la privación de libertad y del traslado, dado que él nunca se adueñó de nada, ni se enriqueció, ni ayudó a alguien a que se haga rico, sólo cumplió con su trabajo con dedicación, esmero, responsabilidad y enmarcado en las leyes.