SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1982/2011-R
Fecha: 07-Dic-2011
II.4.
II.4. Por escrito 0021/10 de 24 de febrero de 2010, el Director General de Biodiversidad y Áreas Protegidas, comunicó al Alcalde Municipal demandado, el cronograma de traslado de los animales, consignando el primer traslado para la primera quincena de marzo, previa la verificación solicitada (fs. 18); mediante nota de 1 de marzo de 2010, el Alcalde Municipal de Tarija en ejercicio, Roberto Ávila Castellanos, solicitó al Viceministro de Medio Ambiente, Biodiversidad, Cambio Climático y de Gestión y Desarrollo Forestal, le haga conocer los justificativos valederos para realizar el traslado de los animales del Zoológico (fs. 19); a cuya consecuencia, en la nota 224/10 de 16 de marzo de ese año, la autoridad requerida reiteró los argumentos glosados en el Informe 1309/08 y le recordó que por nota de 14 de diciembre de 2009, el Alcalde manifestó oficialmente su acuerdo con la determinación asumida por las instancias nacional y departamental referentes al envío de los animales silvestres y domésticos del zoológico “Oscar Alfaro” a otros centros con mejores condiciones (fs. 20 a 23).
- estamos de acuerdo para que se efectúe la transferencia
- “tenga a bien hacernos conocer los justificativos valederos para realizar los traslados indicados, no conocemos justificativo alguno”
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- i)
- 1)
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción popular
- III.2. Sobre los derechos protegidos a través de la acción popular
- III.3. En cuanto al derecho al medio ambiente, como interés difuso, susceptible de protección a través de la acción popular
- III.3.1. Conservación de sus componentes: tierra, flora y fauna
- III.3.2. Reconocimiento constitucional del derecho al medio ambiente saludable, protegido y equilibrado
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.5. En cuanto al derecho a una educación integrada y el caso concreto
- concedido
- 1º APROBAR en parte
- 2º Dispone