SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0028/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0028/2011-R

Fecha: 07-Feb-2011

Fragmento 17

         La acción de libertad consagrada en el art. 125 de la CPE, se constituye en una garantía jurisdiccional cuya finalidad es restituir o restablecer de forma inmediata la libertad personal cuando se encuentre ilegalmente amenazada o suprimida, así como el derecho a la libertad cuando se encuentre en peligro. Sus características principales son la sumariedad, informalismo, generalidad e inmediación. Así, textualmente la indicada norma fundamental consagra con claridad que: “…podrá interponer acción de libertad o acudir, de manera oral o escrita, por sí o por cualquiera a su nombre y sin ninguna formalidad procesal, ante cualquier juez o tribunal competente en materia penal y solicitará que se guarde tutela a su vida, cese la persecución indebida, se restablezcan las formalidades leales o se restituya su derecho a la libertad”.