SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0070/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0070/2011-R

Fecha: 07-Feb-2011

Fragmento 15

Finalmente, si bien es cierto que en audiencia pública de consideración de la presente acción tutelar la accionante por su defendido indicó que, la Jueza demandada, María Eugenia Romero Ossio, Jueza de Instrucción, Mixta y cautelar de Porvenir del Distrito Judicial de Pando, demoró en el señalamiento de audiencia, pese a estar en libertad; ello no da lugar al planteamiento de la acción de libertad, en todo caso, debió ejercer sus derechos utilizando los mecanismos intra-procesales, y en su defecto, en caso de que persista la lesión al debido proceso, activar la acción de defensa específica como lo es la acción de amparo constitucional. En consecuencia, no es posible otorgar la tutela pretendida por el accionante.