SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0125/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0125/2011-R

Fecha: 21-Feb-2011

I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional

El presente recurso fue presentado el 29 de junio de 2010, habiendo sido rechazado in límine por el Tribunal de garantías. Ante la renuncia de los Magistrados del Tribunal Constitucional, las causas en trámite quedaron paralizadas; sin embargo, con la designación de las nuevas autoridades, por ley 003 de 13 de febrero de 2010, la Comisión de Admisión analizó el caso y por Auto Constitucional 0127/2010-RCA de 12 de julio, dispuso su admisión y tramitación conforme a derecho.

Dada la carga procesal, mediante Ley 040 de 1 de septiembre de 2010, se ampliaron las facultades otorgadas a este Tribunal mediante la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes  del Órgano Judicial y del Ministerio Público, a objeto de conocer y resolver las acciones  de defensa de derechos fundamentales presentadas a partir del 7 de febrero de 2009, es decir bajo el nuevo orden constitucional; por lo que, mediante Acuerdo Jurisdiccional 001/2011 de enero del año en curso se procedió a la reanudación del sorteo de causas, por lo que la presente Resolución es pronunciada dentro de plazo.