SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0128/2011-R
Fecha: 21-Feb-2011
a)
Ana Cañizares Ortiz, Jueza Técnica del Tribunal Sexto de Sentencia y de Sustancias Controladas del Distrito Judicial de Santa Cruz, autoridad hoy demandada, por medio del informe escrito cursante a fs. 6 y vta., presentado en audiencia, señaló: a) Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público, contra el representado del accionante, por la presunta violación de niño, niña y adolescente, se fijó audiencia de cesación de la detención preventiva, para el 21 de abril de 2009, a horas 17:30, la que no se realizó por dos aspectos, la primera por que la Fiscal asignada al caso solicitó su suspensión el mismo día; toda vez que, se encontraba en juicio oral en el Tribunal Quinto de Sentencia del mismo Distrito Judicial; y la segunda por que la Secretaria Abogada del Juzgado, asistió a un curso de capacitación, siendo necesaria su presencia en la audiencia para la redacción del acta de las medidas cautelares; y, b) En el proceso de referencia se señaló audiencia de juicio oral para el 4 de marzo del mismo año, la cual se suspendió por inasistencia de la abogada del acusado, señalándose una nueva para el 16 de ese mes y año, a la que no asistió el acusado, suspendiéndose para el 3 de abril del referido año, que tampoco se llevó a cabo; finalmente se desarrolló el juicio oral el 22 del citado mes y año, donde al no encontrarse presente la abogada del acusado, se tuvo que esperar la llegada de la abogada de oficio.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- celeridad
- b)
- c)
- no es indispensable la presencia del representante del Ministerio Público, siendo suficiente la notificación legal para dicha audiencia
- III.2. Análisis del caso concreto
- la autoridad demandada, no consideró que la inconcurrencia del fiscal no es imprescindible para estas actuaciones y que su inasistencia no constituye causal de suspensión de audiencia, más cuando se tuvo conocimiento del proceso,
- la Jueza demandada al suspender la audiencia, por situaciones no admitidas en el trámite de la cesación, prolongó la detención preventiva del representado del accionante, incurriendo en una dilación indebida
- y acudir, de manera oral o escrita,
- necesidad procesal
- presentación oral de la acción de libertad
- responde a la necesidad procesal de regular aspectos que conlleven a una mejor compresión y solución de la problemática planteada que debe ser resuelta en el sentido constitucional
- 2º