SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0172/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0172/2011-R

Fecha: 11-Mar-2011

Fragmento 15

         Este Tribunal a través de la SC 0559/2010-R de 12 de julio, con relación al derecho al agua instituido por el art. 16.I de la CPE y reconocido como un derecho fundamentalísimo para la vida por el art. 373.I de la citada norma constitucional y el rol que corresponde al Estado en su protección y promoción prioritaria, a establecido que: “De los preceptos constitucionales transcritos líneas supra, se puede concluir que no sólo se instituyó el derecho al agua en la Constitución vigente, sino que la voluntad del constituyente fue más allá del simple reconocimiento, pues se instituyó acciones positivas a cumplir por parte del Estado a los fines de garantizar el acceso universal y equitativo a los servicios básicos de agua potable por constituirse el derecho al acceso al agua como un derecho humano. No es menos cierto además, que la Constitución vigente, considera al derecho al agua como un derecho fundamentalísimo para la vida en el marco de la soberanía del pueblo; de ello se puede deducir que la propia Ley Fundamental vincula al derecho al agua con el derecho a la vida, instituyendo por lo tanto una estricta conexitud entre el líquido elemento y la vida misma puesto que por disposición del ya citado art. 374.I de la CPE, el Estado debe ineludiblemente proteger y garantizar el uso prioritario del agua para la vida.