SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0172/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0172/2011-R

Fecha: 11-Mar-2011

II.8.

II.8.  El 27 de febrero de 2009, el Jefe del Departamento Legal de EPSAS S.A., en respuesta a las notas de 19 de enero y 9 de febrero del citado año, comunicó a la accionante que al haber verificado que persiste la obstrucción a la servidumbre de paso de aguas fluviales y servidas, se mantiene el corte de suministro de agua potable en tanto no cumpla con lo establecido por el Reglamento Nacional de Prestación de Servicios y Agua Potable y Alcantarillado Sanitario para Centros Urbanos, restableciendo la servidumbre de paso (fs. 114).