SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0172/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0172/2011-R

Fecha: 11-Mar-2011

II.4.

II.4.  A través de la carta de 21 de enero de 2008, la accionante solicitó al Gerente General de EPSAS S.A., que conmine y haga cumplir a sus colindantes con la obligación que tienen de escurrir sus aguas servidas hacia la calle donde se encuentran sus inmuebles, toda vez que desde el año 2003, su vivienda se vio afectada por la humedad y filtraciones provocadas por la servidumbre de paso viéndose obligada a desalojar la planta baja del inmueble (fs. 8 a 9).