Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0186/2011-R
Fecha: 11-Mar-2011
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confiere el art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre de 2010, que modifica el art. 4.1 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, en revisión, resuelve: APROBAR la Resolución 34/2009 de 6 de mayo, cursante de fs. 61 a 62 vta., dictada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; y, en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- a)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2.
- Fragmento 15
- III.3. El derecho a la defensa en materia penal
- III.4. Necesidad de demostrar el estado de indefensión
- Fragmento 18
- abogado defensor
- APROBAR