SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0186/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0186/2011-R

Fecha: 11-Mar-2011

Fragmento 15

         “El derecho a la defensa se encuentra contemplado en el art. 115.II de la Constitución Política del Estado, como una garantía jurisdiccional de rango constitucional, que establece: 'El Estado, garantiza el derecho al debido proceso, a la defensa y a una justicia plural, pronta, oportuna, gratuita, transparente y sin dilaciones". Por su parte, la defensa técnica gratuita, está prevista en el art. 119.II de la CPE, que dispone: 'Toda persona tiene derecho inviolable a la defensa. El Estado proporcionará a las personas denunciadas o imputadas una defensora o un defensor gratuito, en los casos en que éstas no cuenten con los recursos económicos necesarios'. Preceptos constitucionales que dan cuenta de la exigibilidad del respeto al derecho a la defensa al ser inviolable y la obligación que se le atribuye al Estado de proporcionar a todas las personas una defensa técnica gratuita por tanto accesible.