Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0186/2011-R
Fecha: 11-Mar-2011
I.1.3. Petitorio
Solicita se declare procedente la acción interpuesta, se restituya su derecho a la libertad física, se reparen los defectos legales del proceso hasta la correcta notificación con el Auto inicial del sumario, la notificación a su abogado defensor o alternativamente, hasta el vicio más antiguo, previas las formalidades de ley.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- a)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2.
- Fragmento 15
- III.3. El derecho a la defensa en materia penal
- III.4. Necesidad de demostrar el estado de indefensión
- Fragmento 18
- abogado defensor
- APROBAR