Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0211/2011-R
Fecha: 11-Mar-2011
concedido
Por lo expresado precedentemente, la situación planteada no se encuentra dentro las previsiones y alcances de la acción de amparo constitucional, por lo que el Juez de garantías al haber concedido la tutela, no ha efectuado una adecuada compulsa de los antecedentes procesales ni dio correcta aplicación a esta acción tutelar.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 14
- III.1. El recurso de amparo constitucional y su naturaleza subsidiaria
- b) Cuando no se utilizó un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico
- Fragmento 17
- III.2. Agotamiento de las vías de reclamo de actos y resoluciones emitidas por el Concejo Municipal y la reconsideración como una vía impugnativa de los actos del Concejo Municipal
- III.3. Análisis del caso concreto
- reconsideración
- concedido
- 1º REVOCAR
- 2°