SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0211/2011-R
Fecha: 11-Mar-2011
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega la vulneración de sus derechos a la dignidad, a la petición y al trabajo, toda vez que las autoridades demandadas con el afán de perjudicarle y evitar su reincorporación como Alcalde Municipal de Quillacollo, le iniciaron proceso administrativo por haberse encontrado irregularidades en la emisión de la RTA 752/07, respecto al trámite de aprobación de plano de Oscar Zamorano Castro y Filomena Sánchez de Zamorano, sancionándole con treinta días de suspensión al cargo de Alcalde, no obstante de que a la fecha se encontraba con licencia voluntaria del cargo y que la misma fue anulada por la RA 045/08, por lo que considera que la suspensión es una clara flagrancia a lo previsto por el art. 36 de la LM. Corresponde analizar, en revisión, si en el caso concreto se debe otorgar o no la tutela solicitada, tarea que será realizada a continuación.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 14
- III.1. El recurso de amparo constitucional y su naturaleza subsidiaria
- b) Cuando no se utilizó un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico
- Fragmento 17
- III.2. Agotamiento de las vías de reclamo de actos y resoluciones emitidas por el Concejo Municipal y la reconsideración como una vía impugnativa de los actos del Concejo Municipal
- III.3. Análisis del caso concreto
- reconsideración
- concedido
- 1º REVOCAR
- 2°