Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0233/2011-R
Fecha: 14-Mar-2011
I.2.3. Intervención de la tercera interesada
Natalia Leonidovna Gaidrikh, en calidad de tercera interesada, a través del informe escrito, cursante de fs. 75 a 76, señaló que el accionante, por memorial de 20 de marzo de 2009, en vía incidental pidió ante el Juez Primero de Partido en lo Civil y Comercial, rebaja de asistencia familiar de forma subsidiaria, mismo que fue decretado corriéndose en traslado el 23 del mismo mes y año, lo que denota que el accionante a momento de interponer la acción de amparo constitucional, no agotó la vía correspondiente, por lo que, al ser la acción de amparo de carácter subsidiario, el Tribunal de garantías se ve impedido de conocer el fondo de la controversia.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- delito de extorción tipificado por el art. 333 del Código Penal
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención de la tercera interesada
- improcedente
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. De la subsidiariedad en la acción de amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- cuya resolución a dictarse recién es apelable
- APROBAR