Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0233/2011-R
Fecha: 14-Mar-2011
III.3. Análisis del caso concreto
De la revisión de obrados, se observa que el accionante presentó la acción de amparo constitucional el 25 de marzo de 2009, aduciendo que se vulneraron los derechos invocados, al considerar que el Auto de 13 del mismo mes y año, emitido por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, contenía actos y omisiones indebidas que se traducían en un daño económico y que atentaba contra su libertad, pues dicha Resolución, confirmaba el Auto emitido por el Juez Primero de Partido en lo Civil y Comercial el 10 de noviembre de 2008, determinándose de esta forma, el pago de asistencia familiar en la suma de Bs5500, que debe pagar el accionante a favor de sus hijos.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- delito de extorción tipificado por el art. 333 del Código Penal
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención de la tercera interesada
- improcedente
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. De la subsidiariedad en la acción de amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- cuya resolución a dictarse recién es apelable
- APROBAR