Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0274/2011-R
Fecha: 29-Mar-2011
concedido
Por lo expresado precedentemente, la situación planteada no se encuentra dentro las previsiones y alcances de la acción de amparo constitucional, por lo que el Juez de garantías al haber concedido el recurso, no ha efectuado una adecuada compulsa de los antecedentes procesales ni dio correcta aplicación a esta acción tutelar.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La “reconsideración”
- Fragmento 17
- III.2. La acción de amparo constitucional y su naturaleza subsidiaria
- III.3. El silencio administrativo negativo y la petición de reconsideración
- b)
- III.4. Análisis del caso concreto
- concedido
- 1º REVOCAR
- 2°