SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0289/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0289/2011-R

Fecha: 29-Mar-2011

a)

El accionante por su representado reiteró el tenor de su demanda y ampliando la misma manifestó que: a) Al efectuar el análisis del proveído emitido por el Juez demandado, éste confunde los términos por cuanto en ningún momento la Resolución dice que la detención domiciliaria sea con resguardo, no en el sentido del art. 240.1 del Código de Procedimiento Penal (CPP), así como tampoco se habla de un escolta, más aún si el Auto de Vista 032/2009, sólo menciona que deberá cumplir esta detención en el domicilio con vigilancia; b) Se emitió un informe por un funcionario policial donde se hace conocer al Juez de la causa que no existen las condiciones mínimas para brindar el servicio policial de escolta de forma adecuada; y, c) Su defendido se encuentra ilegalmente detenido en la cárcel pública “Las Palmas”, cuando existe una orden a través de la cual se ha dejado sin efecto dicha detención que fue desobedecida por el Juez demandado.