SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0289/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0289/2011-R

Fecha: 29-Mar-2011

se solicitó se señale un nuevo inmueble para ese fin

         En consecuencia, la autoridad judicial demandada no actuó fuera del marco de sus funciones, ni al arbitrario, sino en base al informe policial, y que si bien como Juez cautelar, es contralor de los derechos y garantías, no sólo es con relación al imputado, sino también con relación a la víctima y/o querellante y al Ministerio Público, debiendo cuidar también el desarrollo del proceso investigativo. Por otro lado, no es que haya negado la medida cautelar sustitutiva, sino que el domicilio ubicado en el inmueble de propiedad de Maria Luz Freitas Rivera, concubina del imputado, ubicado la av. Libertad 1024, resultada inadecuado, haciendo nula inclusive la vigilancia policial, por tanto al ser una medida provisional de imposible cumplimiento, se solicitó se señale un nuevo inmueble para ese fin; actuación procesal con la cual no ha cometido acto ilegal alguno, y menos lesionado derechos fundamentales, por lo que no corresponde otorgar la tutela solicitada al respecto.