SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0294/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0294/2011-R

Fecha: 29-Mar-2011

II.3.

II.3.  En audiencia de consideración de cesación de detención preventiva, se determinó el rechazo de la solicitud de la defendida del accionante, en función a que durante el desarrollo del proceso se respetó su derecho a la salud, autorizando su internación en la etapa de juicio; según certificado médico del penal, el tratamiento médico para Judith Ruiz Cendoya es ambulatorio y no necesita internación médica; por dilación del proceso atribuible a su representada; y, debido a que la suspensión de plazos sólo se produce por vacación judicial, según lo prescrito por el art. 130 del CPP (fs. 55 a 65 vta.). No cursa en obrados que el accionante hubiera recurrido de apelación.