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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0317/2011-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0317/2011-R

    Fecha: 01-Abr-2011

    I.1.3. Autoridad demandada y petitorio

    El accionante solicita se conceda la tutela anulando obrados hasta que su representado “…sea notificado con las acusaciones y radicatoria personalmente o en su domicilio real por cédula en cumplimiento del Auto de 7 de marzo de 2008, ordenando su libertad por estar debidamente apersonado y purgado la rebeldía; sea con costas y condenación de daños y perjuicios” (sic). 

    • acción de libertad,
    • I.1.1. Hechos que la motivan
    • I.1.3. Autoridad demandada y petitorio
    • I.2.1. Ratificación de la acción
    • 1)
    • a)
    • “improcedente”
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • Fragmento 13
    • III.1. Alcances de la tutela al debido proceso a través de la acción de libertad
    • III.2. Marco legal de la declaratoria de rebeldía
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • III.4.
    • APROBAR

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