SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0344/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0344/2011-R

Fecha: 07-Abr-2011

principio de economía procesal

Si bien en atención al principio de economía procesal, no corresponde la nulidad de obrados, dado que este Tribunal al haber solicitado documentación  complementaria en atención a la facultad prevista por el art. 45 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), y haberse remitido la misma, ha fallado con objetividad y sustento probatorio; no es posible obviar las irregularidades procesales de la Jueza de garantías en la tramitación de la presente acción tutelar, a quién se le exhorta a que en el futuro actúe con mayor cuidado, dada la responsabilidad y el compromiso que significa impartir justicia constitucional.