Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0346/2011-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0346/2011-R

    Fecha: 07-Abr-2011

    II.3.

    II.3.  El Fiscal de Materia, Oswaldo Patiño, el 24 de junio de 2009, comunica al Juez cautelar de turno, el inicio de investigación e imputación formal con carácter provisional contra Lidia Cuellar Onarry, por los supuestos delitos de allanamiento de domicilio y sus dependencias, asociación delictuosa y estafa agravada con víctimas múltiples, solicitando como medida cautelar la detención preventiva del imputado (fs. 3 y 4).

    • I.1.1. Hechos que la motivan
    • a)
    • 1)
    • improcedente”
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Alcances y finalidad de la acción de libertad
    • SC 0023/2010-R
    • III.2. El juez cautelar como el controlador de la investigación
    • SC 0080/2010-R
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • dentro de las veinticuatro horas ser remitida a conocimiento del Juez Cautela
    • su situación jurídica y por ende si corresponde o no su libertad física, son cuestiones procesales que necesariamente por mandato legal deben ser analizadas y determinadas por la autoridad jurisdiccional
    • no es evidente la falta de control jurisdiccional, dado que la situación provocada responde a la actitud voluntaria de la propia accionante; pues al optar por la recusación, dicho acto conlleva la espera de la respectiva resolución
    • APROBAR

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca