Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0346/2011-R
Fecha: 07-Abr-2011
II.3.
II.3. El Fiscal de Materia, Oswaldo Patiño, el 24 de junio de 2009, comunica al Juez cautelar de turno, el inicio de investigación e imputación formal con carácter provisional contra Lidia Cuellar Onarry, por los supuestos delitos de allanamiento de domicilio y sus dependencias, asociación delictuosa y estafa agravada con víctimas múltiples, solicitando como medida cautelar la detención preventiva del imputado (fs. 3 y 4).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- 1)
- improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Alcances y finalidad de la acción de libertad
- SC 0023/2010-R
- III.2. El juez cautelar como el controlador de la investigación
- SC 0080/2010-R
- III.3. Análisis del caso concreto
- dentro de las veinticuatro horas ser remitida a conocimiento del Juez Cautela
- su situación jurídica y por ende si corresponde o no su libertad física, son cuestiones procesales que necesariamente por mandato legal deben ser analizadas y determinadas por la autoridad jurisdiccional
- no es evidente la falta de control jurisdiccional, dado que la situación provocada responde a la actitud voluntaria de la propia accionante; pues al optar por la recusación, dicho acto conlleva la espera de la respectiva resolución
- APROBAR