SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0410/2011-R
Fecha: 14-Abr-2011
I.2.2. Informe de las autoridades y funcionarios demandados
La abogada del Presidente del Concejo Municipal demandado, manifestó en audiencia que, las atribuciones de dicha instancia están fijadas por ley en el ámbito de su jurisdicción, como dictar ordenanzas y otras; y que en lo referente a las solicitudes que la accionante dice haber presentado, su representado no tenía conocimiento alguno.
Erwin Flores Salazar, Asesor Legal, en representación suya y del Alcalde codemandado, indicó que, el Gobierno Municipal de Puerto Suárez, dentro del ámbito de sus facultades, dictó y promulgó las Ordenanzas Municipales (OOMM) 030/2003 y 020/2007, destinadas al ordenamiento y asentamiento comercial en el área urbana, cuyo cumplimiento es obligatorio; por lo que no hay nada irregular ni oscuro en su aplicación. Agrega que, no es veraz la supuesta discriminación que existiría hacia la accionante, siendo que se le permitió instalar otro kiosco a una cuadra de la plaza principal, donde puso a trabajar a su hija; y que la Alcaldía se mostró bastante tolerante, enviándole muchas solicitudes para que lo retirara, llegando a suscribir incluso un acuerdo donde se comprometió a ello; dado que al estar ubicado delante de una vivienda, en las noches se convertía en posada de malvivientes y consumidores de bebidas alcohólicas.
Por su parte, el abogado del Alcalde y a su vez codemandado, reiteró que no hubo discriminación alguna, interesando únicamente el respeto a las normas legales, que por más de un año, se buscó la mejor forma de dar solución a la ubicación del kiosco; cursando notificaciones también a otros comercios ubicados alrededor de la plaza para que desocupen.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades y funcionarios demandados
- “procedente”
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 16
- III.1.Medidas de hecho denunciadas a través de la acción de amparo constitucional:
- Fragmento 18
- III.2.Análisis del caso concreto
- “conceder”
- REVOCAR