SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0410/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0410/2011-R

Fecha: 14-Abr-2011

II.3.

II.3.  El 18 de ese mes y año, la autoridad referida, notificó a la accionante, que en cumplimiento a las OOMM 020/2007 y 30/2003, se le concedía el plazo de siete días para el retiro de su quiosco (fs. 60). De igual manera, el 10 de julio de 2008, el Oficial Mayor Técnico, Intendente Municipal y Asesor Legal Externo del Gobierno Municipal de Puerto Suárez, haciendo mención a las Ordenanzas Municipales citadas, que prohibieron el uso de veredas y aceras por comerciantes, al ser bienes de dominio público a ser utilizados para el libre tránsito de los ciudadanos, le otorgaron el plazo de setenta y dos horas a partir de su notificación para proceder al retiro de su kiosco; indicando que en caso de incumplimiento se harían respetar las normas legales con auxilio de la fuerza pública (fs. 61).