Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0459/2011-R
Fecha: 18-Abr-2011
I.2.3. Intervención del tercero interesado
“TREVIRA GMBH”, persona jurídica en calidad de tercera interesada, presentó el informe que cursa de fs. 385 a 387 vta.; mismo que, conforme determinó el Tribunal de garantías, no corresponde considerar en razón a que se formuló bajo la representación de Enrique MacLean Soruco, adjuntando el testimonio del poder 574/2009, que no le otorga potestad especial para intervenir dentro de la acción de amparo constitucional.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- la motivación puede ser concisa pero clara y satisfacer todos los puntos demandados, debiendo expresar el juez sus convicciones determinativas que justifiquen razonablemente su decisión en cuyo caso las normas del debido proceso se tendrán por fielmente cumplidas
- III.2. Tutela solicitada por el accionante
- i)
- ii)
- iii)
- denegar
- APROBAR